Next Generation UE: Ayudas públicas para modernización de las estructuras de gestión artística en el ámbito de las artes escénicas y de la música

Sinopsis de la ayuda

Financiación de proyectos de inversión para la modernización, digitalización y transición ecológica de las estructuras de gestión artística de las artes escénicas y musicales. Digitalización y modernización de las estructuras. Generación y creación de contenidos y plataformas digitales. Comunicación. Herramientas digitales e integrales para la gestión escénica y/o musical. − Difusión en «streaming». Digitalización de fondos documentales artísticos, administrativos. Adquisición de equipos informáticos y digitales para la gestión de conformidad con lo establecido en el artículo 31.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Proyectos digitales de creación de audiencias, búsqueda de nuevos públicos, acompañamiento y mediación social y difusión entre otros. Proyectos de soporte a la creación escénica y/o musical. Transición ecológica y cohesión territorial. Medidas tendentes a la reducción de emisión de dióxido de carbono en las estructuras de producción, gestión y creación de las artes escénicas y/o musicales. Cambios de materiales y fungibles que favorezcan

Fecha de inicio

29/12/2021

Fecha de finalización

26/01/2022

Beneficiarios

  • Personas físicas y jurídicas.
  • Asociaciones sin ánimo de lucro.
  • Fundaciones y entidades de carácter público o privado vinculadas al ámbito de las artes escénicas y de la música.

Ambito Territorial

Estatals

Órgano Gestor

INAEM – Instituto Nacional De Las Artes Escénicas y de la Música

Órgano Consultor

Òrgan consultiu per Entitats Locals

Oficina de Fons Europeus

T. 971 710 188 (Ext. 2226) ofemallorca@cambramallorca.com

Cantidad

La subvención no podrá superar el 80% del coste total del proyecto. Cuando estas ayudas se destinen a la inversión, el importe de la ayuda no deberá exceder de la diferencia entre los costes subvencionables y el beneficio de explotación de la inversión. El beneficio de explotación se deducirá de los costes subvencionables ex ante, sobre la base de previsiones realistas, en los términos establecidos en el artículo 53.6 del Reglamento (UE) n.º 65/2014. La ayuda máxima concedida a un solo beneficiario no sobrepasará en ningún caso los 350.000 euros.

Requisitos

  • Los gastos derivados de las inversiones deberán estar comprendidos entre el 27 de abril de 2021 (fecha de aprobación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia) y el 30 de septiembre de 2022.
  • La emisión de los justificantes de gasto tendrá como fecha límite el 30 de octubre de 2022 y la de los justificantes de pago tendrá como fecha límite el 30 de noviembre de 2022.
  • Solo serán subvencionables aquellos gastos que hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del plazo de justificación.

Documentación

Ficha

Más información

Para más información contactar con ofemallorca@cambramallorca.com