Subvenciones destinadas a fomentar la modernización de las empresas comerciales minoristas y determinadas empresas de servicios, así como la continuidad de los considerados emblemáticos, con especial atención a los afectados por la crisis de la COVID-19
Sinopsis de la ayuda
El objeto de estas bases es aprobar la convocatoria pública de subvenciones para fomentar la modernización y mejora de la competitividad de las pequeñas empresas comerciales minoristas y determinadas empresas de servicios, así como la continuidad de los establecimientos comerciales y de determinados servicios considerados emblemáticos, con especial atención a los establecimientos comerciales y determinados servicios afectados por la crisis de la COVID-19.
Beneficiarios
- Pueden ser beneficiarias de esta línea de ayudas las personas físicas y jurídicas privadas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas y las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aunque carezcan de personalidad jurídica, puedan realizar las acciones que se pretenden fomentar.
- Estos beneficiarios deben ser autónomos y/o titulares de pequeñas empresas del sector del comercio minorista o de determinadas empresas de servicios, con establecimiento físico en el territorio de las Islas Baleares ya existente, que realicen venta presencial, con sede social en las Islas Baleares , y deben cumplir los requisitos que establece el artículo 4 de la Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 8 de abril de 2008.
- Las personas físicas o entidades que soliciten estas ayudas deben ejercer, en el momento de la publicación de la convocatoria de la subvención, alguna de las actividades incluidas en los epígrafes del impuesto sobre actividades económicas —IAE— (impuesto regulado por los reales decretos legislativos 1175/1990, de 28 de septiembre, y 1259/1991, de 2 de agosto).
Consultar los epígrafes en las bases de la convocatoria.
Ambito Territorial
Consell de Mallorca
Órgano Gestor
Dirección General de Comercio. Conserjería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática
Órgano Consultor
Dirección General de Comercio. Conserjería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática
Cantidad
La cuantía de la subvención es del 80% del coste elegible del proyecto (IVA excluido) y con un total máximo de 9.000 euros por beneficiario. En ningún caso la cuantía total máxima de la subvención para un mismo beneficiario puede ser superior a 9.000 euros. El importe económico de la convocatoria es de 2.200.000 euros.
Requisitos
- Las personas físicas o entidades que soliciten estas ayudas deben estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. La solicitud de las ayudas comportará la autorización para que la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática pueda comprobar de oficio que la entidad solicitante está al corriente de estas obligaciones, siempre y cuando se dé el consentimiento expreso mediante el anexo 2. En el caso de denegación expresa del consentimiento el solicitante tendrá que aportar los certificados correspondientes, junto con la solicitud de las ayudas.
- Los solicitantes de estas ayudas no pueden haber sido objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias condenatorias firmes en los últimos tres años por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, de acuerdo con lo que establece el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres, ni haber sido sancionados o condenados por ninguna resolución administrativa firme con pena accesoria de prohibición de recibir ayudas o subvenciones públicas por el período estipulado en el artículo 37 de la Ley 8/2016, de 30 de mayo, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales y para erradicar la LGTB-fobia.