Next Generation UE: Subvenciones para el fomento de actuaciones combinadas de energías renovables y eficiencia energética en edificios y hogares vulnerables

Sinopsis de la ayuda

Los programas de incentivos subvencionables son los siguientes: Programa de incentivos 1 realización de instalaciones de autoconsumo eléctrico con o sin almacenamiento y actuaciones en eficiencia energético en edificios vulnerables: inversiones en nuevas instalaciones de producción de energía eléctrica para autoconsumo mediante tecnología fotovoltaica y/o microeólica. Actuaciones en eficiencia energética que mejoren la envolvente térmica, uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria, y/o en instalaciones de alumbrado y renovación aparatos electrodomésticos Las actuaciones en electrodomésticos y alumbrado deben realizarse conjuntamente con una actuación de instalación de generación renovable o de mejora de la envolvente térmica. Programa de incentivos 2: realización de instalaciones de autoconsumo eléctrico con o sin almacenamiento y actuaciones en eficiencia energética en hogares vulnerables. Programa de incentivos 3: realización de instalaciones de autoconsumo eléctrico con o sin almacenamiento a través de red y/o actuaciones en redes

Fecha de inicio

23/01/2023

Fecha de finalización

30/06/2023

Beneficiarios

Las personas físicas residentes en las Illes Balears, propietarias o poseedoras de un hogar o vivienda vulnerable. Los organismos autónomos, las entidades públicas empresariales, las sociedades mercantiles públicas, las fundaciones del sector público y los consorcios dentro del ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears que realicen las actuaciones en un hogar, edificio o vivienda vulnerable. Los consejos insulares, los ayuntamientos y las entidades locales menores de la comunidad autónoma de las Illes Balears dentro del ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears que realicen las actuaciones en un hogar, edificio o vivienda vulnerable.
Las entidades sin ánimo de lucro dentro del ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears que realicen las actuaciones en un hogar, edificio o vivienda vulnerable.

La Administración local puede acceder a la condición de beneficiarios de las ayudas como representantes de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas y de propietarios de edificios o hogares que, incluso careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a término la ejecución de las correspondientes actuaciones de esta convocatoria

Ambito Territorial

Govern de les Illes Balears

Órgano Gestor

Govern de les Illes Balears – Conselleria de Transició Energètica, Sectors Productius i Memòria Democràtica

Órgano Consultor

Òrgan consultiu per Entitats Locals; Oficina de Fons Europeus T. 971 710 188 (Ext. 2226) ofemallorca@cambramallorca.com

Cantidad

El importe economico es de 10.000.000 euros financiados con los fondos PRTR repartir para las anualidades siguientes:
Año 2022: 0,00 €
Año 2023: 2.000.000,00 €
Año 2024: 6.000.000,00 €
Año 2025: 2.000.000,00 €

Requisitos

Condiciones y requisitos sobre la vulnerabilidad:
a) Se considera familia en situación de vulnerabilidad si se cumple una de las siguientes condiciones:
– Familias en situación de vulnerabilidad económica especial: beneficiarios de la renta social garantizada, del ingreso mínimo vital, de las rentas mínimos de inserción, o quienes tienen el subsidio de desempleo como único ingreso.
– Las familias beneficiarias de prestaciones económicas de urgencia social y/o de apoyo familiar y soporte a la inserción de los servicios sociales municipales y/o insulares y de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social.
b) Se considera edificio vulnerable el edificio de viviendas plurifamiliar que está ocupado en el momento de la solicitud de la ayuda para al menos un 30 % con familias en situación de vulnerabilidad o beneficiarios del Bono Social Eléctrico.
c) Se considera hogar o vivienda vulnerable la vivienda en la que reside una familia en situación de vulnerabilidad en el momento de la solicitud de la ayuda.

Se debe garantizar por parte del beneficiario que las familias en situación de vulnerabilidad en el momento de la solicitud de la ayuda residan en la vivienda, puedan ocupar la vivienda durante un período mínimo de cinco años desde la fecha de pago de la subvención o de la justificación de la ayuda en caso de pago anticipado.

Requisitos de las actuaciones subvencionables:
● Ámbito territorial de las Islas Baleares.
● Se realizarán desde el 16 de junio de 2022 hasta 18 meses a contar desde la fecha de la notificación de la resolución de concesión y como máximo el 30 de junio de 2025.
● El edificio/hogar vulnerable debe ser existente y construido con anterioridad a 2007.
● Se debe conseguir que la calificación energética total del edificio en al menos una letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/m año), en cuanto a la calificación energética inicial del edificio.
● Se debe conseguir una reducción del consumo de energía primaria no renovable del 30% respecto a la situación de partida.