Ayudas dirigidas a impulsar la aplicación de la ciberseguridad en las pymes españolas en el marco del Programa Activa Ciberseguridad.
Sinopsis de la ayuda
El objeto de esta norma, es la concesión de ayudas en especie dirigidas a las pequeñas y medianas empresas (PYME) con la finalidad de mejorar sus niveles de ciberseguridad, en el marco del «Programa Activa Ciberseguridad».
Beneficiarios
Podrán tener la condición de empresas beneficiarias, en las correspondientes convocatorias, en los términos que las mismas establezcan, y siempre que cumplan con los requisitos y condiciones exigidos en cada caso, las PYME, cualquiera que sea su forma jurídica (ya sean personas físicas o jurídicas, asociaciones, entidades sin ánimo de lucro, etc.) que, en su condición de tales, cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en esta orden, desarrollan su actividad en nuestro país.
Ambito Territorial
Estatals
Órgano Gestor
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
+34 913 494 640
Cantidad
La empresa beneficiaria dispondrá de, entre 10 y 20 horas de asesoramiento, en función de dos variables, del nivel de uso de la tecnología digital y del número de trabajadores en plantilla.
Se consideran tres niveles de uso:
a) Bajo: empresas que usan habitualmente para la gestión de su negocio el correo electrónico, teléfono móvil y redes sociales.
b) Medio: empresas que usan habitualmente para la gestión de su negocio el correo electrónico, teléfono móvil, redes sociales, PCs y web de la empresa.
c) Alto: empresas que usan habitualmente para la gestión de su negocio el correo electrónico, teléfono móvil, redes sociales, PCs y web de la empresa, workstations, servidores y firewalls.
Requisitos
- Tener la condición de PYME.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
Solicitud
La solicitud se cumplimentará por medios electrónicos mediante certificado digital válido utilizando para ello los medios disponibles en http://www.eoi.es, a través de la cual deberá cumplimentarse el formulario de solicitud y adjuntar los documentos requeridos. Los documentos requeridos deberán ser emitidos por el Organismo oficial competente o, en su caso, firmados mediante certificado digital válido.