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Ayudas para la compra y / o instalación de sistemas de ventilación y purificación de aire para reducir los contagios por la Covid-19
Sinopsis de la ayuda
Convocatoria de subvenciones para la compra y/o instalación de sistemas de ventilación y purificación de aire que garanticen un caudal de ventilación de 12,5 l/s y persona, valor que corresponde a un IDA2 de acuerdo al RITE, y un medidor de CO2, de acuerdo con las recomendaciones del IDAE, con la finalidad de reducir los contagios por la COVID-19, y poder mantener la actividad en los restaurantes y bares de las Islas Baleares.
Beneficiarios
Pueden ser beneficiarias de esta línea de ayudas las personas físicas y jurídicas privadas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas y las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aunque no tengan personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las acciones que se pretenden fomentar.
Estos beneficiarios deben ser titulares de pequeñas empresas del sector de la restauración, con establecimiento físico en territorio de las Islas Baleares ya existente, con sede social en las Islas Baleares, y deben tener contratados un máximo de 20 trabajadores de media anual por cada centro de trabajo.
Ambito Territorial
Govern de les Illes Balears
Órgano Gestor
CONSELLERIA DE MODEL ECONÒMIC, TURISME I TREBALL
Carrer de Montenegro, 5 07012 Palma – 971 176 600
Órgano Consultor
Òrgan consultiu per Entitats Locals
Oficina de Fons Europeus
T. 971 710 188 (Ext. 2226) ofemallorca@cambramallorca.com
Cantidad
El importe de la ayuda será del 100% de la inversión realizada, con un máximo de 800 € por centro de trabajo. La inversión debe ser de un importe mínimo de 450 € por centro de trabajo.
Requisitos
- Tener sus centros de trabajo en las Islas Baleares.
- Tener domicilio fiscal en las Islas Baleares.
- No estar sometido a ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario de las ayudas que establece el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, así como de las obligaciones con la Seguridad Social. e) Constar de alta en el Censo sobre el impuesto de Actividades Económicas de la Agencia Tributaria a la fecha de publicación de esta convocatoria de ayuda.
Documentación
- Las entidades solicitantes tienen que adjuntar a la solicitud presentada de forma telemática la Declaración responsable de vericidad de datos bancarios aportados (de acuerdo con el modelo normalizado disponible en la siguiente dirección: dgpe.caib.es).
- La Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares podrá consultar los datos de identidad de la entidad solicitante y de su representante, la situación en el Censo sobre el impuesto de actividades económicas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, su situación respecto al cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social, y vida laboral, excepto que haya una oposición expresa del interesado a dicha consulta, que la deberá aportar en caso de que sea requerido en eventuales actuaciones de control.
- En cualquier caso, la persona solicitante tiene que declarar las situaciones nuevas que se puedan producir respecto al caso mediante un escrito presentado a la Direcció General de Promoció Econòmica, Emprenedoria i Economia Social i Circular en el plazo de quince días contadores desde que se produce la nueva situación.