Convocatoria de ayudas extraordinarias, y a fondo perdido, para las empresas que desarrollan la actividad económica en el municipio de MANCOR DE LA VALL, para paliar los efectos de la covid-19.

Sinopsis de la ayuda

El objeto de esta convocatoria es regular las condiciones de las subvenciones destinadas a ayudar a los establecimientos, empresas o entidades con actividad económica en MANCOR DE LA VALL para afrontar parte de las pérdidas sufridas por la covid-19. La finalidad de la convocatoria es paliar el agravio sufrido por estas entidades por las consecuencias de la pandemia.

Beneficiarios

Pueden ser beneficiarios de las ayudas, las personas físicas o jurídicas, agrupaciones de personas físicas y jurídicas privadas y comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, titulares de una empresa que desarrolla su actividad económica en el municipio de Mancor de la Vall de menos de 20 trabajadores de media anual, computando los diferentes centros de trabajo y con una facturación en 2019 inferior a un millón de euros, siempre que esta facturación haya disminuido durante el 2020 en una cantidad superior a un 20%.

Ambito Territorial

Mancor de la Vall

Órgano Gestor

Fundació Mallorca Turisme

Plaça de l’Hospital, 4

Edifici de la Misericòrdia. 07012 Palma

Tel. +34 971 219648

info@fundaciomallorcaturisme.net

Órgano Consultor

Òrgan consultiu per Entitats Locals

Oficina de Fons Europeus

T. 971 710 188 (Ext. 2226) ofemallorca@cambramallorca.com

Cantidad

La ayuda será de 1.000 € por centro de trabajo o establecimiento con un máximo de dos establecimientos por persona beneficiaria (máximo 2.000 €)

Requisitos

  • Tener el domicilio social o fiscal en el municipio de Mancor de la Vall.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, con el Ayuntamiento de Mancor de la Vall, con el Consejo Insular de Mallorca, con la Fundación Turismo Mallorca y de las obligaciones económicas con la Seguridad Social.
  • Estar de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
  • Si es un profesional liberal con colegiación obligatoria: estar de alta en el colegio profesional correspondiente como profesional.
  • No haber sido sancionado por incumplir la normativa en materia de contención de la Covid19
  • Se exige no haber despedido trabajadores afectados por los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE)
  • Si es una comunidad de bienes se debe indicar en la solicitud comuneros, cuota de participación y adjuntar el contrato de constitución.
  • En caso de comunidades de bienes, se indicará en la solicitud los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro, el cual tiene la condición de beneficiario y debe llamarse un representante. La agrupación no podrá disolverse hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley general de subvenciones.
  • Deben ejercer alguna de las actividades incluidas en los epígrafes del impuesto de actividades económicas (IAE) que se indican en el texto completo de la convocatoria, que pueden encontrar en www.ajutsmallorca.com

Documentación

Punto 7 de la convocatória

Más información

Mancor de la Vall

Solicitud

Mancor de la Vall