consultoria

Convocatoria para la concesión de ayudas de cheques de consultoría para impulsar la industria de las Islas Baleares en materia de digitalización, internacionalización y sostenibilidad

Sinopsis de la ayuda

Estas bases tienen por objeto aprobar la convocatoria de ayudas de cheques de consultoría para la elaboración y el diseño de: a) Programa I: plan de transformación digital, en el marco del programa “IDigital, estrategia de digitalización industrial” para el año 2021. b) Programa II: plan de internacionalización, en el marco del programa «IExporta, estrategia de internacionalización» para el año 2021. c) Programa III: informes de la huella de carbono corporativa, en el marco del programa “ISostenibilidad, estrategia de mejora de la sostenibilidad industrial” para el año 2021. La finalidad de esta convocatoria de ayudas es: a) Programa I: impulsar la transformación digital de las empresas industriales de las Islas Baleares a través del diseño y la elaboración de planes de transformación digital. b) Programa II: impulsar la internacionalización de las empresas industriales de las Islas Baleares a través del diseño y la elaboración de planes de internacionalización. c)

Beneficiarios

Programas I y II

Personas físicas o jurídicas industriales (IAE 2-4) + IAE 504 + IAE162

Personas físicas o jurídicas servicios auxiliares en la industria:

  • 613. Comercio al por mayor de textiles, confección, calzado y artículos de cuero.
  • 614.2. Comercio al por mayor de productos de perfumería, droguería, higiene y belleza.
  • 614.3. Comercio al por mayor de productos para el mantenimiento y funcionamiento de la hogar.
  • 616. Comercio al por mayor interindustrial de la minería y química.
  • 617. Otro comercio al por mayor interindustrial.
  • 84. Servicios prestados en empresas.
  • 92. Servicios de saneamiento, limpieza y similares.
  • 936. Investigación científica y técnica.
  • 971. Lavanderías, tintorerías y servicios similares.

Programa III

Personas físicas o jurídicas industriales (IAE 2-4) + IAE 504 + IAE162

Ambito Territorial

Consell de Mallorca

Órgano Gestor

Instituto d’Innovació empresarial de les Illes Balears, Plaça de Son Castelló, 1 07009 – Palma de Mallorca Illes Balears Tel: 971 17 61 61

Órgano Consultor

Institut d’Innovació empresarial de les Illes Balears, Plaça de Son Castelló, 1 07009 – Palma de Mallorca Illes Balears Tel: 971 17 61 61

Cantidad

  • Para empresas que se presenten a la convocatoria, el coste subvencionable será: 90% las que se presentan por primera vez 80% las que se presentan por segunda vez 70% las que se presentan por tercera vez 60% las que se presentan por cuarta vez.
  • Programa I: 4.500 €
  • Programa II: 2.700 €
  • Programa III: 1.050 €
  • El presupuesto de la convocatoria es de 310.000 €:
  • Programa I: 180.000 €
  • Programa II: 54.000 €
  • Programa III: 76.000

Requisitos

  • Las empresas beneficiarias deben cumplir los siguientes requisitos para poder tener la condición de beneficiarias:
  • Estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, las obligaciones tributarias con el Estado y con la comunidad autónoma de las Illes Balears.
  • Desarrollar una actividad industrial y/o auxiliar en la industria, recogida en los puntos 3.1 y 3.2 de esta convocatoria.
  • Tener el centro de trabajo y la sede fiscal en la comunidad autónoma de las Illes Balears.
  • No pueden obtener la condición de beneficiarios los solicitantes que se encuentren en alguna de las circunstancias que prevé el artículo 10 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones.
  • No haber sido objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias condenatorias firmes en los últimos tres años por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, ni haber sido sancionados o condenados por ninguna resolución administrativa firme con pena accesoria de prohibición de recibir ayudas o subvenciones públicas.
  • En caso de que el solicitante de la subvención sea una persona física, debe estar inscrita en el régimen especial de trabajadores autónomos o en un régimen alternativo equivalente, en el momento de la solicitud como mínimo.

Documentación

Convocatoria

Resolución

Más información

La selección del consultor propuesto por cada empresa beneficiaria tiene que cumplir lo que establece en el artículo 40.3 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones. Así, cuando el importe del gasto subvencionable del servicio de consultoría sea superior a 15.000€, el beneficiario tendrá que presentar, como mínimo, tres ofertas anteriores a la ejecución del proyecto o servicio, hecho que por sus propias características especiales no haya entidades suficientes como para llevar a cabo o que el gasto que se haya efectuado antes de la solicitud de la subvención. La elección de las ofertas presentadas se tiene que hacer de conformidad con los criterios de eficacia, de economía y se tiene que justificar expresamente en caso de que la elección no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.