Convocatoria y bases reguladoras del procedimiento de concesión por concurrencia competitiva de subvenciones destinadas a empresas del municipio de ALGAIDA para proteger la actividad económica local del impacto del Covid-19

Sinopsis de la ayuda

El objeto de la presente convocatoria es otorgar ayudas destinadas a preservar la actividad económica del municipio de Algaida de los efectos adversos que haya podido originar la situación derivada de las medidas adoptadas para contener la difusión de la COVID-19.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias de la subvención las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, que sean titulares de cualquier negocio la actividad del cual se haya visto afectada por las medidas adoptadas para contener la difusión de la COVID-19

Ambito Territorial

Algaida

Órgano Gestor

Ajuntament d’Algaida
Carrer del Rei, 6, 07210 Algaida, Illes Balears

971 12 53 35

Cantidad

El período subvencionable será el comprendido entre el 14 de marzo de 2020 (declaración del estado de alarma) y el día anterior a la publicación de la presente convocatória al Boletín Oficial de les Illes Balears.

% Reducción facturación       Importe máximo per solicitante             Importe máximo por línia

linea 1 :        75% – 100%                     1.000,00 €                                                    50.362,50 €

linea 2:          75% – 50 %                     750,00 €                                                       30.362,50 €

linea 3:          50% – 25 %                     500,00 €                                                       15.362,50 €

linea 4   Inicio activitad dentro del  estado de alarma 400,00 €                           5.362,50 €

Requisitos

  • Tendrán que tener su domicilio fiscal y su actividad en el municipio de Algaida. Se entenderá por domicilio fiscal el último que figure como tal en el Impuesto de actividades Económicas.
  • Contar con el correspondiente título habilitante municipal para ejercer la actividad.
  • Estar de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia.
  • Haber justificado cualquier subvención que le haya sido concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de Algaida, siempre que haya finalizado el correspondiente plazo de justificación.