Next Generation UE: Convocatoria de ayudas para infraestructuras del ecosistema digital audiovisual
Sinopsis de la ayuda
Esta línea de ayudas se dirige a la financiación de actuaciones que faciliten la creación, distribución y utilización de información y la tecnología más avanzada entre las pymes y microempresas del sector audiovisual para que superen sus barreras digitales y puedan emprender sus proyectos. Apoyando la creación o mejora de espacios para la innovación dotados con tecnología avanzada que permitirán que las pymes del sector audiovisual puedan superar sus barreras digitales y emprender sus proyectos, de forma que, al menos 20 pymes del sector audiovisual puedan beneficiarse de estos proyectos hasta el 31 de diciembre de 2023
Fecha de inicio
21/07/2022
Fecha de finalización
19/09/2022
Beneficiarios
Los municipios, provincias, islas, mancomunidades y agrupaciones de entidades locales oficialmente constituidas, que tengan una población de al menos 100.000 habitantes.
Ambito Territorial
Govern de les Illes Balears
Órgano Gestor
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación digital.
Órgano Consultor
Fundació Mallorca Turisme, Plaça de l’Hospital, 4 Edifici de la Misericòrdia. 07012 Palma Tel. +34 971 219648 info@fundaciomallorcaturisme.net
Cantidad
La inversión máxima, incluida la aportación del beneficiario, será de 10.000.000€ y la inversión mínima de 5.000.000€. El proyecto deberá ser cofinanciado por el beneficiario de la ayuda con un mínimo de un 10% del presupuesto total.
Requisitos
El umbral 100.000 habitantes se aplicará a la suma de las poblaciones de los integrantes de la agrupación supramunicipal para las comarcas o mancomunidades, consorcios u otras entidades locales y las agrupaciones de entidades locales que estén constituidas conforme al artículo 11.3 de la Ley General de Subvenciones y en el artículo 67 del Real Decreto ley 36/2020, de 30 de diciembre, En el caso de que las entidades concurran a una actuación o sub-proyecto en agrupación, deberán estar constituidas conforme al artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y al artículo 67 del Real Decreto 36/2020, de 30 de diciembre. Antes de presentar la solicitud, los miembros de la agrupación deberán suscribir una declaración de intenciones y comenzarán a tramitar un convenio de colaboración denominado «acuerdo de agrupación» en la forma y con los requisitos y contenido establecidos en el artículo 67.2 del Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre. Todos los miembros de la agrupación tendrán la condición de beneficiarios de la ayuda y serán solidariamente responsables.