Next Generation UE: Programas de incentivos a proyectos de redes de calor y frío que utilicen fuentes de energía renovable.
Sinopsis de la ayuda
Las subvenciones se destinarán a promover el desarrollo de las redes de calor y frío que utilicen fuentes de energía renovable (PRTR C7.I1): desarrollo de energías renovables innovadoras , integradas en la edificación y en los procesos productivos, contribuyendo a la descarbonización de los distintos sectores de la economía y a la consecución de los objetivos fijados en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030, y la Estrategia Energética a Largo Plazo 2050.
Fecha de inicio aproximada
26/09/2022
Beneficiarios
El plazo para presentar las solicitudes será desde el día 26/09 hasta el 28 de octubre del 2022.
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Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas que no realicen actividades económicas por las que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
Ambito Territorial
Estatals
Órgano Gestor
IDAE Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía
Órgano Consultor
Òrgan consultiu per Entitats Locals
Oficina de Fons Europeus
T. 971 710 188 (Ext. 2226) ofemallorca@cambramallorca.com
Cantidad
AYUDAS
El importe de la ayuda a otorgar será la suma de la Ayuda Base y la Ayuda Adicional que pudiera corresponder en cada caso, y dicho importe estará sometido a los límites que se establezca la normativa europea aplicable de ayudas de estado.
- a. Ayuda del proyecto. Se establece como un porcentaje del coste subvencionable de cada tipología de proyecto y Programa de Incentivos.
- b. Ayuda Adicional por reto demográfico. Para proyectos ubicados en municipios de hasta 5.000 habitantes, o municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes cuyos núcleos tienen una población menor o igual a 5.000 habitantes (cifras de población del padrón municipal referidas al 1 de enero de 2020. El importe de la ayuda total estará limitado por el importe máximo que resulte de la aplicación, en su caso, de la normativa europea de ayudas de Estado, que le fuera de aplicación a la tipología de actuación y al tipo de beneficiario o beneficiario correspondiente.
COSTE SUBVENCIONABLE Y AYUDA
- La ayuda para cada proyecto será del 70% sobre el total de costes subvencionables.
- Se establece un porcentaje de ayuda adicional acumulable al anterior del 5% para proyectos en municipios de reto demográfico.
El presupuesto de la convocatoria es de 30.000.000,00€
Requisitos
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
Las actuaciones subvencionables y los requisitos que tienen que cumplir cada una de ellas son los siguientes:
- Tipología 1 (T1). Nueva central de generación y nueva red de distribución Nuevas instalaciones que han de incluir necesariamente una o varias centrales de generación de calor y/o frío que utilicen exclusivamente fuentes de energía renovable, y una o varias redes de distribución con conexiones de intercambio energético a los centros de consumo.
- Tipología 2 (T2). Ampliación o sustitución de central de generación existente Ampliación o sustitución de una central de generación existente que aporte calor y/o frío a una red de distribución existente.
- Tipología 3 (T3). Ampliación de red de distribución y conexiones existentes Ampliación de una red de distribución existente que aporte calor y/o frío con sus conexiones para llegar a nuevos centros de consumo.
A los efectos de la presente convocatoria la potencia nominal del proyecto subvencionable ha de ser necesariamente mayor que 1 MW.
REQUISITOS
Cualquier actuación subvencionable al objeto de la presente convocatoria ha de cumplir todos y cada uno de los requisitos establecidos a continuación.
- a. Las instalaciones serán constituida por:
- Una o varias centrales de producción de calor y/o frío en forma de vapor, agua caliente, agua fría o fluidos refrigerantes.
- Una o varias redes de distribución que transportan el calor y/o frío producido hasta al menos dos centros de consumo con sus correspondientes estaciones de intercambio
- b. Las instalaciones utilizarán exclusivamente energía procedente de Fuentes renovables (energía eólica, energía solar (solar térmica y solar fotovoltaica) y energía geotérmica, energía ambiente, energía mareomotriz, energía undimotriz y otros tipos de energía oceánica, energía hidráulica y energía procedente de biomasa y gases renovables).
- c. Las instalaciones cumplirán con los requisitos establecidos en el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE), así como cualquier otra normativa que les sea de aplicación.
- d. Los ventiladores, compresores, bombas y otros equipos utilizados cumplirán con los requisitos de clase superior de la etiqueta energética garantizando que representan la mejor tecnología disponible.
- e. Las instalaciones contarán con un sistema de monitorización de la energía generada por la instalación objeto de subvención con las siguientes funcionalidades mínimas:
- Mostrará la energía producida por la instalación renovable.
- Mostrará emisiones de CO2 evitadas y ahorro económico generado
- Incorporará una pantalla en lugar visible que muestre los anteriores datos de forma actualizada, los cuales también podrán ser accesibles a través de dispositivo móvil o aplicación Web.
- f. Requisitos específicos para proyectos que utilicen biomasa y geotérmica.