Next Generation UE: Subvención para el fomento de sistemas de vehículo compartido (car sharing)
- 11 de noviembre de 2022
Sinopsis de la ayuda
El objeto de esta convocatoria es la concesión de subvenciones para la ejecución de estos programas de incentivos: Programa de incentivos 1: implantación de sistemas de vehículo compartido que operen en un único municipio de las Islas Baleares. Programa de incentivos 2: implantación de sistemas de vehículo compartido que interoperan en más de un municipio de las Islas Baleares. Programa de incentivos 3: redacción de los pliegos de condiciones.
Fecha de inicio
14/11/2022
Fecha de finalización
30/06/2023
Beneficiarios
- Las personas jurídicas sometidas a derecho privado que lleven a cabo la actividad en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.
- Las entidades sin ánimo de lucro y las asociaciones empresariales constituidas legalmente que lleven a cabo la actividad en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.
- Los organismos autónomos, las entidades públicas empresariales, las sociedades mercantiles públicas, las fundaciones del sector público y los consorcios que lleven a cabo la actividad en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.
- Los consejos insulares, los ayuntamientos y las entidades locales menores de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.
- Las universidades, los centros de investigación y los centros tecnológicos con sede en el territorio de las Islas Baleares.
Ambito Territorial
Govern de les Illes Balears
Órgano Gestor
Direcció General d’energia i canvi climàtic (Conselleria de Transició Energètica, sectors productius i memoria democrática)
Órgano Consultor
Òrgan consultiu per Entitats Locals
Oficina de Fons Europeus
T. 971 710 188 (Ext. 2226) ofemallorca@cambramallorca.com
Cantidad
Según la tipología de vehículo y tipo de entidad (Máximo 400.000 por solicitud). El presupuesto de la convocatoria es de 4.000.000,00 €.
Requisitos
Los vehículos susceptibles de ayudas tienen que ser vehículos eléctricos puros (BEV), vehículos eléctricos de células de combustible (FCV) o vehículos eléctricos híbridos de células de combustible (FCHV). Tienen que figurar en la Base de vehículos de la IDAE (http://coches.idae.es/base-datos/vehiculos-elegibles-programa-moves) y pertenecer a alguna de estas categorías:
- Turismos M1: vehículos de motor con al menos cuatro ruedas, diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros, que tengan, además del asiento del conductor, un máximo de ocho plazas.
- Furgonetas o camiones ligeros N1: vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de mercancías, y la masa máxima en carga técnicamente admisible (MMTA) de los cuales no supere las 3,5 toneladas.
- Cuadriciclos ligeros L6e: cuadriciclos ligeros en que la masa en vacío sea inferior o igual a 350 kg, la masa de las baterías no incluida; la velocidad máxima por construcción sea inferior o igual a 45 km/h, y la potencia máxima, inferior o igual a 4 kW.
- Cuadriciclos pesados L7e: vehículos de cuatro ruedas, con una masa en orden de marcha (el peso de las baterías no incluido) inferior o igual a 450 kg en el caso de transporte de pasajeros y 600 kg en el caso de transporte de mercancías, y que no puedan clasificarse como cuadriciclos ligeros.
- Motocicletas L3e, L4e y L5e: vehículos con dos ruedas, o con tres ruedas simétricas o asimétricas respecto al eje mediano longitudinal del vehículo, de más de 50 cm³ o con una velocidad superior a los 50 km/h y el peso sucio vehicular de los cuales no exceda una tonelada.
- Bicicletas eléctricas.
- Patinetes eléctricos.