Segunda convocatoria de ayudas reembolsables con 1 tramo no reembolsable a proyectos empresariales singulares que contribuyen a la Transformación del modelo Económico y Social liderados por mujeres
Sinopsis de la ayuda
Los objetivos específicos de estas ayudas son: Reactivación económica del sector productivo liderado por mujeres. Impulso de proyectos empresariales transformadores del modelo económico y social, que tengan un impacto social. Impulso y puesta en marcha de líneas de negocio más eficaces, eficientes, sostenibles y justas. Fomentar el emprendimiento social mediante el apoyo a nuevas empresas o nuevas líneas de negocio desde su etapa inicial. Diversificar el modelo económico más allá de los sectores más masculinizados. Que estos proyectos liderados por mujeres tengan acceso a una financiación imposible de conseguir por otras vías. Corregir las diferencias de género en el emprendimiento. Disminuir el impacto de la crisis derivada de la pandemia en el sector de la mujer emprendedora con una idea de negocio o con un negocio recién iniciado dentro de la misma anualidad.
Beneficiarios
Pueden presentarse a esta línea:
a) La mujer trabajadora autónoma, dada de alta o que se dará de alta en el plazo de un mes, desde la notificación de la resolución de la concesión, como trabajadora autónoma al Régimen Especial de Trabajo Autónomo de la Seguridad Social (RETA).
b) Las organizaciones empresariales de nueva creación o existentes con cualquier forma jurídica fundados o lideradas por mujeres, es decir, con presencia exclusiva de mujeres en el Consejo de dirección o al Consejo de Administración. Si la organización empresarial tiene plantilla ésta debe estar formada mínimo en un 60% por mujeres.
Ambito Territorial
Consell de Mallorca
Órgano Gestor
Consell de Mallorca, departament de presidència
Palau Reial 1, Palma
971173500 – https://www.conselldemallorca.cat
Órgano Consultor
Òrgan consultiu per Entitats Locals
Oficina de Fons Europeus
T. 971 710 188 (Ext. 2226) ofemallorca@cambramallorca.com
Cantidad
A las subvenciones objeto de esta convocatoria se destina la cantidad total máxima de 833.333,00 € con la siguiente distribución:
- Tramo reembolsable: 500.000 €
- Tramo no reembolsable: 200.000 €
- 133.333 €
Requisitos
Que cumplan los requisitos siguientes:
- Que quieran iniciar un nuevo proyecto empresarial, abriendo un nuevo establecimiento o cojan el traspaso de negocio de una empresa ya existente,
siempre que el traspaso se haya realizado a partir del 1 de enero de 2020. - Con sede social y / o centro de trabajo en la isla de Mallorca.
- Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias ante el Estado, la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y el Consejo
de Mallorca, así como las obligaciones de la Seguridad Social o bien disponer de la correspondiente resolución de prórroga, aplazamiento,
moratoria o cualquier otra condición especial de sus deudas con estas entidades. - Acreditación de no incurrir en las prohibiciones establecidos en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de
Mallorca. - Las entidades que no hayan recibido, sumando la totalidad de las ayudas otorgadas en España, en concepto de minimis, en los tres últimos
ejercicios fiscales (2018, 2019 y 2020), un importe superior a 200.000,00 € (art. 3.1 y 3.2 del Reglamento núm. 1407/2013 de la Comisión,
de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la U E a las ayudas de minimis
(Diario Oficial de la Comunidad Europea núm. L 352, de 24 de diciembre de 2013). - Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (BOE núm.
202, de 22 de agosto de 2016), la entidad no ha sido sancionada o condenada en los tres años últimos por haber ejercido o tolerado
prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género y que no ha sido sancionada por resolución
administrativa firme o por sentencia judicial firme.