Next Generation UE: Subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de las administraciones de las entidades locales.

Sinopsis de la ayuda

Las subvenciones se destinarán a financiar proyectos de modernización y digitalización en el ámbito de las administraciones de las entidades locales que se enmarquen en alguna de las líneas estratégicas de la Estrategia Digital 2025, el Plan de Digitalización de las Administraciones Públicas 2021-2025 y otras acciones de modernización dirigidas al sector público.

Beneficiarios

a) Los municipios con una población comprendida entre los 20.000 y 50.000 habitantes, a excepción de los municipios que sean capitales de provincia, de acuerdo con las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2020.
b) Las diputaciones provinciales de régimen común y de régimen foral, cabildos, consejos insulares, y las comunidades autónomas uniprovinciales, siendo los
destinatarios de las actuaciones que realicen, en los términos del artículo 5, los municipios con población inferior a 20.000 habitantes de su ámbito territorial, de acuerdo con las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2020.

Ambito Territorial

Govern de les Illes Balears

Órgano Consultor

Òrgan consultiu per Entitats Locals

Oficina de Fons Europeus

T. 971 710 188 (Ext. 2226) ofemallorca@cambramallorca.com

Cantidad

La inversión mínima será de 40.000 euros para proyecto. Anticipo del 50%. Importe máximo: 1.823.472,14 euros para el Consell Insular; 144.141,07 euros, Alcudia.. Impuesto sobre el Valor Añadido o impuesto indirecto equivalente, podrá ser considerado subvencionable siempre y cuando no pueda ser susceptible de recuperación o compensación total o parcial. Esta subvención no constituye una ayuda de Estado en los términos previstos en los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Los costes de los proyectos cubiertos por las ayudas (PRTR.C11.I3) no podrán percibir otros fondos de la Unión Europea. Podrán ser compatibles con la percepción de otras subvenciones o ayudas procedentes de otros entes públicos o privados, siempre que no se destinen a financiar los mismos costes.

Requisitos

El período de ejecución del proyecto se determinará en la resolución de concesión y, en todo caso, estará comprendido entre el 1 de febrero de 2020 y el 31 de agosto de 2023. Las actuaciones subvencionables tendrán como objetivos de carácter general:

a) Mejora de la accesibilidad de los servicios públicos digitales a los ciudadanos y empresas.

b) Reducción de la brecha digital.

c) Mejora de la eficiencia y eficacia de los empleados públicos.

d) Reutilización de los servicios y soluciones digitales construidas.

e) Utilización activa de las tecnologías emergentes en el despliegue de nuevos servicios digitales

Las líneas estratégicas (LE) son las siguientes:

LE 1. Administración orientada al ciudadano.

Objetivo: mejorar los servicios públicos que se prestan a los ciudadanos y empresas.

Actuaciones subvencionables: Desarrollo de apps para los servicios más utilizados. Desarrollo o adopción de asistentes virtuales para la atención a la ciudadanía y empresas. Desarrollo de plataformas para la digitalización de los servicios públicos que prestan las entidades locales.

LE 2. Operaciones inteligentes. Objetivo: mejorar la calidad, cantidad y eficiencia de los servicios y procesos de gestión y tramitación de las administraciones públicas Actuación subvencionable: Automatización de servicios.

LE 3. Gobierno del dato. Objetivo: democratizar el acceso a los datos por parte de ciudadanos, empresas y empleados y empleadas públicos. Actuación subvencionable: Plataforma de datos integrada.

LE 4. Infraestructuras digitales. Objetivo: dotar a las administraciones locales de las infraestructuras tecnológicas necesarias para su modernización. Actuaciones subvencionables: Cloud y Centros de proceso de datos (CPD) sostenibles. Implantación de puestos de trabajo inteligentes. Infraestructuras físicas y puntos de acceso digital.

LE 5. (Obligatoria) Interoperabilidad de servicios básicos de administración digital.

Objetivo: Garantizar la interoperabilidad de un conjunto mínimo de servicios básicos de administración digital

Actuaciones subvencionables: Existencia de una aplicación de registro de entrada y salida plenamente interoperable a través del Sistema de Interconexión de Registros. Gestión de notificaciones electrónicas, y su adhesión a la Dirección Electrónica Habilitada única Gestión de facturación electrónica, a través de su adhesión al portal FACe de la Administración General del Estado, o mediante un punto general de acceso de facturas electrónicas local o autonómico. Integración del estado de expedientes abiertos con la Carpeta Ciudadana del sector público estatal.

Las actuaciones que se propongan deberán cumplir con todos los requisitos siguientes:

a) Alineamiento con los planes estratégicos: PRTR, Agenda España Digital 2025 y Plan de Digitalización de las Administraciones Públicas 2021-2025.

b) Interoperabilidad entre servicios cumpliendo el Esquema Nacional de Interoperabilidad y Notas Técnicas de Interconexión correspondientes.

c) Reutilización

d) Las Administraciones receptoras de fondos se comprometen a aportar datos para facilitar la oferta de servicios a la ciudadanía a través de «Mi carpeta ciudadana» de la Administración General del Estado.

e) Las Administraciones facilitarán la integración de información en las plataformas comunes de gestión de contratación pública electrónica y de subvenciones que se indiquen.

f) No serán objeto de ayuda aquellas actuaciones que, directa o indirectamente ocasionen un perjuicio significativo al medio ambiente o que estén dirigidas a favorecer el uso de los combustibles fósiles.