Subvenciones para favorecer el autoempleo de jóvenes de entre 18 y 34 años del municipio de Artà para el año 2023

Sinopsis de la ayuda

La finalidad de esta subvención es ayudar a las personas de entre 18 y 34 años del municipio de Artà a acceder al mercado laboral a través de la creación de empresas y el autoempleo, eliminando barreras que dificultan o impiden la transformación de las ideas de los emprendedores y emprendedoras jóvenes en proyectos concretos. Se pretende incentivar el emprendimiento local para acceder al mercadolaboral con unas condiciones dignas y, a la vez, fomentar la actividad económica.

Beneficiarios

Personas jóvenes de entre 18 y 34 años, ambas edades incluidas, que estén dadas de alta en el régimen especial de trabajo autónomo de la Seguridad Social o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente.

Ambito Territorial

Artà

Órgano Gestor

Ajuntament d’Artà

Órgano Consultor

Òrgan consultiu per Entitats Locals

Oficina de Fons Europeus

T. 971 710 188 (Ext. 2226) ofemallorca@cambramallorca.com

Cantidad

Un importe máximo de 720 € por solicitante. El presupuesto de la convocatoria es de 2.000 €.

Requisitos

  • Tener residencia y domicilio fiscal o centro de trabajo, en su caso, en el municipio de Artà.
  • Causar alta en el régimen especial de trabajo autónomo de la Seguridad Social o en la mutualidad del colegio profesional pertinente durante el período subvencionable, así como no haber estado de alta en los últimos 5 años en el mismo epígrafe del IAE o similar.
  • Haber iniciado la actividad económica como persona trabajadora autónoma con carácter previo a la presentación de la solicitud de esta ayuda y dentro del período subvencionable. En este sentido, se considerará como fecha de inicio de actividad la que conste en el documento de alta en el régimen especial de trabajo autónomo o en una mutualidad del colegio profesional correspondiente.
  • No estar contratado por cuenta ajena simultáneamente al alta en el régimen especial de trabajo autónomo o en la mutualidad correspondiente como sistema alternativo al RETA durante el tiempo que se disfrute de esta subvención.
  • Contar con el título municipal que lo habilita para ejercer la actividad correspondiente.
  • Presentar una declaración de no estar inhabilitada para contratar con las administraciones públicas o para obtener una subvención.
  • Presentar una declaración de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias locales, autonómicas y estatales, tanto en el momento de la solicitud como en el momento del pago de la ayuda.
  • Justificar cualquier subvención que le haya sido concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de Artà, siempre que haya finalizado el plazo correspondiente de justificación.
  • No ser trabajador o trabajadora autónomos colaboradores simultáneamente

Documentación

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