
Tercera convocatoria de ayudas reembolsables con un tramo no reembolsable para proyectos empresariales singulares que contribuyen a la transformación del modelo económico y social liderados por mujeres
- 22 de septiembre de 2022
Sinopsis de la ayuda
Los objetivos específicos de estas ayudas son: Reactivación económica del sector productivo liderado por mujeres. Impulso de proyectos empresariales transformadores del modelo económico y social, que tengan un impacto social. Impulso y puesta en marcha de líneas de negocio más eficaces, eficientes, sostenibles y justas. Fomentar el emprendimiento social mediante el apoyo a nuevas empresas o nuevas líneas de negocio desde su etapa inicial. Diversificar el modelo económico más allá de los sectores más masculinizados. Que estos proyectos liderados por mujeres tengan acceso a una financiación imposible de conseguir por otras vías. Corregir las diferencias de género en el emprendimiento. Disminuir el impacto de la crisis derivada de la pandemia en el sector de la mujer emprendedora con una idea de negocio o con un negocio recién iniciado dentro de la misma anualidad.
Beneficiarios
Pueden presentarse en esta línea:
- La mujer trabajadora autónoma dada de alta o que se dará de alta en el plazo de tres meses desde la publicación de la concesión (como trabajadora autónoma en el Régimen Especial de Trabajo Autónomo de la Seguridad Social (RETA)).
- Las organizaciones empresariales constituidas o que se constituirán en el plazo de tres meses desde la grabación de la solicitud, con cualquier forma jurídica, fundadas o lideradas por mujeres. Si la organización empresarial tiene plantilla debe estar formada como mínimo por un 60% de mujeres.
Ambito Territorial
Consell de Mallorca
Órgano Gestor
Consell de Mallorca, departamento de presidencia
Palau Reial 1, Palma
971173500 – https://www.conselldemallorca.cat
Órgano Consultor
Consell de Mallorca, departamento de presidencia
Palau Reial 1, Palma
971173500 – https://www.conselldemallorca.cat
Cantidad
A las subvenciones objeto de esta convocatoria se destina la cantidad total máxima de 1.666.666,00 € con la siguiente distribución:
- Tramo reembolsable: 1.000.000,00 €
- Tramo no reembolsable: 666.666,00 €
Requisitos
Que cumplan los requisitos siguientes:
- La organización empresarial tiene que estar constituida en el momento de registrar la solicitud. Se admitirá la modificación (de persona física a persona jurídica y viceversa) únicamente en el caso de que lo solicite y acredite mediante la documentación necesaria en el plazo de 3 meses a contar desde el registro de la solicitud, y en cualquier caso, antes de la resolución de la concesión.
- Que quieran iniciar un nuevo proyecto empresarial, abriendo un nuevo establecimiento o cojan el traspaso de negocio de una empresa ya existente,
siempre que el traspaso se haya realizado a partir del 1 de enero de 2023. - Con sede social y / o centro de trabajo en la isla de Mallorca.
- Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias ante la AEAT, el Consell de Mallorca, así como las obligaciones con la TGSS.
- Acreditación de no incurrir en las prohibiciones establecidos en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca.
- Las entidades que no hayan recibido, sumando la totalidad de las ayudas otorgadas en España, en concepto de minimis, en los tres últimos ejercicios fiscales (2018, 2019 y 2020), un importe superior a 200.000,00 € (art. 3.1 y 3.2 del Reglamento núm. 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la UE a las ayudas de minimis (Diario Oficial de la Comunidad Europea núm. L 352, de 24 de diciembre de 2013).
- Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (BOE núm. 202, de 22 de agosto de 2016), la entidad no ha sido sancionada o condenada en los tres años últimos por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género y que no ha sido sancionada por resolución administrativa firme o por sentencia judicial firme.